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Continúa votación de proyecto que regula las apuestas en línea

La iniciativa, presentada por el Ejecutivo, pretende regular el funcionamiento de las plataformas de apuestas en línea o apuestas online.

Comisión de Economía

La Comisión de Economía avanza en la votación particular del proyecto que perfecciona la regulación del mercado de apuestas en línea (boletín 14838).

La propuesta pretende generar un mercado competitivo de apuestas en línea; resguardar la fe pública; proteger la salud y la seguridad de los jugadores; aumentar la recaudación fiscal; y transparentar los orígenes y el destino de los recursos obtenidos a través de estas plataformas.

En la sesión, el grupo parlamentario avanzó en la aprobación de diversas indicaciones propuestas al articulado.

Específicamente, se ahondó en los requisitos y procedimientos para obtener una licencia general de operación de plataformas de apuestas en línea.

Al respecto, el Ejecutivo señaló que las mejoras que se hacen son para reforzar y subir los estándares de los requisitos que se requieren para la operación de plataformas. Algo similar a lo que ocurre con los casinos, pero con algunas diferencias.

En ese ámbito, se estableció que quienes pretendan desarrollar plataformas de apuestas en línea deberán solicitar a la superintendencia una licencia general de operación para su explotación.

Apuestas en línea y requisitos para una sociedad operadora

En línea con lo anterior, se establecieron los requisitos que debe cumplir una sociedad operadora para constituirse como tal.

Se detalla que, podrán optar a una licencia general de operación de plataformas de apuestas en línea, las sociedades anónimas cerradas constituidas en Chile, que se sujeten a las normas de control que rigen a las sociedades anónimas abiertas. Ello, según lo dispuesto en la Ley 18.046.

En ese plano, se solicita también cumplir ciertos requisitos. Por ejemplo, se pide que el objeto social sea la operación y explotación de una plataforma de apuestas en línea y servicios anexos en los términos previstos en la ley y sus reglamentos.

Se establece, también, que las sociedades solo podrán constituirse y funcionar con un máximo de diez accionistas. Asimismo, que el capital social no podrá ser inferior a 2.000 UTM, en dineros o en bienes avaluables en dinero.

Por otra parte, el proyecto resalta que la sociedad que tenga la licencia de operación deberá enterar el saldo del capital dentro de los noventa días siguientes al otorgamiento de la referida autorización.

Asímismo, que sus accionistas solo podrán ser personas naturales o jurídicas, que justifiquen el origen y suficiencia de los fondos que destinarán a la sociedad, lo cual, en todo caso, verificará la superintendencia.

La instancia parlamentaria continuará avanzando en la votación particular de la iniciativa que se encuentra con urgencia simple.