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Comisión de Constitución analizó incluir a mayores de 14 años en plebiscito constitucional  

Se trata de una reforma constitucional propuesta por diputados oficialistas, que habilita el sufragio de mayores de 14 años en el plebiscito de salida del 4 de septiembre. El Servel señaló que técnicamente el calendario electoral ya está definido.

La Comisión de Constitución analizó la reforma a la Carta Fundamental que habilita el sufragio de mayores de 14 años en el próximo plebiscito (boletín 14212). Dicho proceso es el que pone fin al proceso constituyente, el 4 de septiembre.

El texto modifica el artículo 142 de la Constitución. La enmienda establece que “el sufragio del plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile y hayan cumplido 14 años de edad”.

El diputado Boris Barrera (PC), principal promotor de la iniciativa -ingresada en abril de 2020-, explicó que “es de justicia” reconocer a los estudiantes como sujetos políticos y como los autores del movimiento de masas más grande de nuestra historia. Asimismo, releva el otorgarles participación en temas que afectan sus vidas, como lo señalan tratados internacionales.

Agregó que el argumento de que los jóvenes no tienen educación cívica no es válido, ya que se propone la práctica democrática. También recordó que ya presentó, en noviembre de 2018, una moción que permite el sufragio a mayores de 16 años en toda elección. Ello replica lo que ocurre en países como Brasil, Argentina, Ecuador y Austria.

Calendario electoral

El presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Andrés Tagle, indicó que no le compete opinar sobre el fondo del proyecto. Pero sí referirse a la capacidad técnica que se requiere para implementarlo.

Sostuvo que el padrón provisorio para el plebiscito ya se encuentra cerrado desde el 7 de mayo. El 6 de junio, el Consejo aprobó el padrón y las nóminas de electores inhabilitados. De igual modo, ya fue publicado y corresponden las reclamaciones de inclusión o exclusión del padrón. Luego, vendrá el proceso de georreferenciación y la impresión del padrón definitivo.

Informó que este proyecto implicaría incluir 988 mil electores adicionales mayores de 14 años. Recalcó que dichos datos no los poseen y que desconoce si el Registro Civil colaborará con eso. Alertó, además, que implicaría 2.500 nuevas mesas y 150 locales de votación. “Ello atrasaría todo el calendario electoral”, recalcó.

El diputado Luis Sánchez (PREP) consideró que los jóvenes están en proceso de formación y eso aplica dentro de su casa en la crianza de sus padres y en la posibilidad de opinar en decisiones país.

Mientras, el legislador Leonardo Soto (PS), también autor de la iniciativa, planteó que, si bien comparte la idea de que los jóvenes sean partícipes, reconoció que están fuera de plazo. Ello, dado que el padrón provisorio ya se publicó y georreferenciar es complejo. Además, indicó que es un debate interesante, pero obsoleto, porque la Convención estableció el voto voluntario para mayores de 16 años.

A la luz del debate, el diputado Barrera, junto al diputado Luis Alberto Cuello (PC), presentaron una indicación. Ella apunta a que el sufragio sea obligatorio para mayores de 18 años y voluntario para mayores de 16 años.

Libertad condicional

En otro punto de la tabla, la instancia continuó el estudio de la iniciativa que niega el beneficio de libertad condicional a los condenados por delitos de violación, violación con homicidio, parricidio y femicidio (boletín 12808).

La propuesta, originada por diputadas/os RN e independientes, argumenta que la pena en estos casos de delitos violentos y de alta connotación, no cumple su función preventiva. Ya sea, para disuadir a la sociedad y para evitar la realización de crímenes o para disuadir al mismo penado que, muchas veces, reincide.

Así, con la medida de negar la libertad condicional se busca el resguardo de las víctimas, ya que dicha medida abre un flanco de ocurrencia de los delitos de homicidio, femicidio y parricidio. Esto es particularmente grave cuando la víctima y victimario están unidos por un vínculo de permanencia (sanguíneo, familiar o afectivo, entre otros).

Valentina Muñoz, abogada de la Asociación de Abogadas Feministas (Abofem), consideró el proyecto como “meramente punitivo”. Igualmente, criticó que no cuente con evidencia estadística para señalar que dicho beneficio implique reincidencia.

Entre las propuestas, planteó que se deben adecuar los requerimientos según el perfil delictivo, para que la persona no reincida y cometa el mismo delito. En tal plano, recomendaron rechazar la propuesta, aunque valoraron que se considere a las víctimas de delitos graves de violencia de género.

Por su parte, el subsecretario de Justicia, Jaime Gajardo, reiteró que no patrocinan el proyecto. Esto, porque la libertad condicional responde a obligaciones internacionales en materia de reinserción social, las reglas “Mandela”, para los reclusos.

Agregó que la reincidencia con la libertad condicional es de 13,9%, lo que es mucho menor que en otros sistemas (cerrado, semicerrado o abierto). Sin embargo, manifestó que están dispuestos a perfeccionar el mecanismo con medidas para cada tipo de delito. Por otra parte, dijo que avanzarán en los tribunales de ejecución de penas, como proponen los parlamentarios.