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Ampliarán inclusión laboral de personas con discapacidad

La iniciativa que pasa al Senado a tercer trámite modifica el Código del Trabajo y otras leyes en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad y de asignatarios de pensión de invalidez.

Un respaldo unánime en la Cámara logró el proyecto de ley que introduce modificaciones al Código del Trabajo y otras leyes en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad y asignatarias de pensión de invalidez. Con ello, la iniciativa continuará su trámite en el Senado.

El proyecto, de origen en mociones y mensaje refundidos (boletines 13011, 14445 y 14449), tiene como objetivo reforzar la inclusión laboral, tanto en el sector público como privado.

La propuesta aumenta, al 2025, del 1% actual a un 2% de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez que deben ser contratadas por las medianas y grandes empresas y formar parte de la dotación anual. Ello, en unidades laborales con más de 100 trabajadores. Así como, ser incorporadas en las instituciones públicas.

Igualmente, se modifican las normas que regulan el ingreso a la administración del Estado, a los municipios y a la dotación de asistentes de educación pública. Se propone equiparar los estudios de escuelas especiales con el requisito de haber rendido educación media completa. Es decir, que mayores de 18 años acrediten haber completado estudios en modalidad de educación especial.

Por otra parte, la Dirección del Trabajo deberá mantener un registro público sobre inclusión laboral.

La Dirección Nacional del Servicio Civil, en tanto, informará anualmente sobre el cumplimiento de la normativa legal por parte de las instituciones públicas. En especial, en materia de la selección preferente y la reserva de contratación de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez.

Otras normas

Las empresas deberán tener en su reglamento interno un protocolo de trato, que permita responder a las necesidades de los trabajadores con discapacidad. El texto apuntará a la relación con los demás trabajadores, su atención, accesibilidad, evacuación y protección de su bienestar físico, mental y social.

También hay cambios referidos a la celebración de contratos de prestación de servicios y modificaciones respecto a las sanciones y multas cursadas por la infracción a las normas sobre inclusión laboral.

Además, se fija una regla por incumplimiento o cumplimiento parcial a la obligación subsidiaria a través de donaciones en dinero. Los recursos que se dirigirán a proyectos o programas de asociaciones, corporaciones o fundaciones que tengan como objeto social la inclusión e intermediación laboral, capacitación y rehabilitación. Igualmente, que hagan promoción y fomento para la creación de empleos, contratación o inserción laboral.

Se considera que, una vez entrada la obligación del 2%, sólo se podrán efectuar donaciones por hasta el 1% de los trabajadores. Adicionalmente, se amplía el objeto de personas jurídicas y los proyectos a ser financiados.

Por otra parte, se establecen inhabilidades entre donante y donataria. Junto a ello, se diversifican y se descentralizan las donaciones. La finalidad es que no más del 50% se destine a una única organización y, que al menos, un proyecto se destine a una organización que no se encuentre en la región Metropolitana.

Ámbito público y transitorios

En la administración del Estado, en caso de incumplimiento reiterado de normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad (ley 20422), se hará efectiva la responsabilidad administrativa del jefe superior o jefatura máxima del órgano involucrado.

Adicionalmente, se considerará infracción al principio de probidad administrativa el hecho de que un organismo, servicio o institución realice nuevas contrataciones sin dar cumplimiento a la selección preferente.

Sobre las disposiciones transitorias se establece una entrada diferida de ciertas normas, como la obligación de contar con un gestor de inclusión en el sector púbico y con lineamientos de inclusión en la política de personal. Ello entrará en vigencia a un año desde publicada la ley.

Respecto al aumento del 1% al 2% de personas con discapacidad se hará efectivo cuando se acredite, a través de informes de los ministerios del Trabajo, Desarrollo Social y Hacienda, el cumplimiento del 1% en el 80% de las empresas o instituciones obligadas.

Debate

Luego de los informes de las comisiones de Personas Mayores y Discapacidad y de Hacienda, a cargo de las y los diputados Jorge Guzmán (Evópoli) y Agustín Romero (PREP), respectivamente, se dio paso a las intervenciones. Participaron Francisco Undurraga (Evópoli), Marta Bravo (UDI), Carolina Tello (PC), Miguel Mellado (RN), Erika Olivera (Demócratas), Francesca Muñoz (PSC), Javiera Morales (PCS), Ana María Bravo (PS), Daniel Lilayu (UDI), Hernán Palma (IND), Mercedes Bulnes (IND), Daniel Melo (PS), Sara Concha (PSC), Hotuiti Teao (Evópoli), Eduardo Durán (RN), Felipe Camaño (IND), Renzo Trisotti (UDI), Camila Rojas (Comunes), Carla Morales (RN), Marlene Pérez (IND), Gael Yeomans (PCS) y Andrés Giordano (RD).

Hubo acuerdo en aumentar los niveles de inclusión laboral de personas con discapacidad para logar una sociedad más justa e inclusiva, con igualdad de oportunidades. Asimismo, se observó que falta un cambio cultural. En este plano recordaron que dichas personas integran más del 17% de la población.

Igualmente, se criticó que sea el Estado el que menos cumple con la normativa actual del 1%.

Por otro lado, se valoró que se reconozca la educación especial para ingresar a la administración del Estado. Del mismo modo, que se aumenten las multas y se mejore la fiscalización a los empleadores que tampoco cumplen con la norma. A su vez, valoraron que se mejoren los estándares de probidad y transparencia en las donaciones.

La ministra de Desarrollo Social y Familia, Javiera Toro, indicó que se busca avanzar en protección social. Asimismo, valoró la transversalidad en el apoyo a aumentar la inclusión laboral. En todo caso, sostuvo que aún quedan temas pendientes por abordar.