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Comisión que analiza acusación contra ministro Montes recibió últimas audiencias

La instancia que analiza la admisibilidad de la acusación constitucional en contra del ministro de Vivienda, recibió a los abogados Luis Valentín Ferrada y Gonzalo García.

La comisión encargada de analizar la admisibilidad de la acusación constitucional en contra del ministro de Vivienda, Carlos Montes, recibió las últimas audiencias. Esto, previo a la votación de la pertinencia del libelo.

El primero en intervenir fue el abogado Luis Valentín Ferrada. En su exposición señaló que la acusación tiene un gran defecto al establecer una responsabilidad objetiva del ministro Montes. Remarcó que en las acusaciones constitucionales no es posible establecer este tipo de responsabilidades, ya que sólo la ley tiene esa potestad. Con esto, a su juicio, quedan desacreditados los cuatro primeros capítulos del libelo.

Sobre el último capítulo acusatorio, observó que la normativa establece la eximición de informar un delito cuando ya es investigado por el Ministerio Público. Esto cabe no sólo para el ministro, sino que ante cualquier otro funcionario público.

Además, remarcó que no es delito dejar de informar, sino una falta con una pena de 3 o 4 UTM (entre $194.000 y $259.000). En tal plano, estimó que no parece pertinente acusar constitucionalmente a un ministro de Estado por esta falta. Junto a esto, recordó que, para tener la convicción de que los hechos podrían constituir delito, se deben tener todos los antecedentes. Así, aquello estaría cubierto por cuanto se trataron de reunir apenas se conocieron los hechos.

Debido proceso y Constitución

Finalmente, la última exposición la realizó el abogado Gonzalo García. En su intervención señaló la importancia de que, en este caso, los estándares sean los mismo del debido proceso. Así, compartió la posición del abogado Ferrada en cuanto a que las acusaciones deben ser subjetivas y no sobre responsabilidades objetivas.

Sin embargo, su foco estuvo en destacar la necesidad de consolidar la estabilidad de la actual Constitución. Frente a esto, señaló que el texto original se ha modificado en un 66%. Todos los capítulos han sido reformados, lo que es una situación no habitual en el mundo. A esto se suman los dos últimos procesos fallidos para cambiarla.

Por lo tanto, para resguardar esta institucionalidad es necesario el resguardo y cumplimiento de las normas vigentes. En tal plano, consideró que, en el último tiempo, las acusaciones parecerían no ser un aporte en esta dirección. Aunque no prosperaron, trataron de ejercer un control a distancia, que no se relaciona con la institucionalidad vigente.

Concluyendo, evaluó que, siendo la acusación constitucional una herramienta completamente válida, debe usarse dentro del marco legal que la permite.

Tras estas últimas audiencias, la comisión se encuentra en condiciones de pronunciarse sobre la admisibilidad del libelo. Para esto, la instancia se encuentra citada para hoy, a las 15:15 hrs. En tal ocasión, cada integrante tendrá 10 minutos para fundamentar su voto.