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Buscan cubrir servicios funerarios con la cuota mortuoria

La Comisión de Desarrollo Social estudia una moción parlamentaria que busca garantizar una cobertura digna en un momento tan complejo como la muerte, haciéndose cargo de un mercado que carece de regulación económica.

La Comisión de Desarrollo Social continuó con el análisis del proyecto de ley que modifica el Código Sanitario en materia de ofertas de servicios funerarios y obligaciones de los cementerios particulares (boletín 14464).

El proyecto se hace cargo de la falta de regulación económica de este sector, con el objeto de hacer frente a cobros muchas veces abusivos, garantizando una cobertura digna.

Así, el texto busca asegurar que las casas funerarias particulares ofrezcan un servicio funerario que se cubra, económicamente, con el monto de la cuota mortuoria, establecido en el Decreto Ley 3.500, que fija el sistema de pensiones.

La idea es que las funerarias particulares tengan la obligación de ofrecer de modo público y visible, y como primera opción, este servicio, sin perjuicio de los demás que puedan promocionar.

Cabe recordar que la cuota mortuoria constituye un beneficio que corresponde otorgar ante el fallecimiento de un trabajador, equivalente a 15 U.F. (alrededor de 554 mil pesos). Esta suma se retira de la respectiva cuenta de capitalización individual y si el saldo disponible en la cuenta del afiliado es inferior, la diferencia la paga el IPS.

Otros aspectos de la norma

Cementerio

En específico, el proyecto en trámite propone que las casas funerarias entreguen un servicio que comprenda la provisión de una urna, ataúd, ánfora o cofre, y los servicios necesarios para la sepultación o incineración, transporte y traslado de cadáveres o de restos humanos.

En forma adicional, la iniciativa también aborda otras materias. Así, busca establecer la obligación de los cementerios particulares a que, cuando un cuerpo es inhumado en una fosa común, se consigne su nombre, apellido, fecha de nacimiento y muerte, asegurando -aunque sea mínimamente- una dignidad de trato.

Finalmente, prohíbe a los cementerios particulares modificar los términos, condiciones o modalidades de sus servicios en caso de demanda espontánea.

Debate sobre cuota mortuoria

En el marco de la discusión, la Comisión de Desarrollo Social abordó una eventual inconstitucionalidad de la normativa, o al menos de su aspecto central. Lo anterior porque el texto generaría una fijación de precios a privados, al decretar la equivalencia del servicio funerario con la referida cuota mortuoria.

Este aspecto, junto a otros cambios que podrían introducirse por la vía de indicaciones, se analizarán en una próxima sesión junto a la ministra de la cartera, Javiera Toro.

El texto es de autoría de las y los diputados Bernardo Berger (IND), José Miguel Castro (RN), Andrés Celis (RN), Miguel Mellado (RN) Francesca Muñoz (PSC), Erika Olivera (DEM) Ximena Ossandón (RN), Hugo Rey (RN), Leonidas Romero (IND) y la ex diputada Paulina Núñez.