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Vivienda aprobó en general proyecto que regula construcción en suelo colapsable

La iniciativa busca establecer obligaciones y requisitos para la construcción de edificaciones en dichos suelos y dar solución a familias afectadas por socavones.

La Comisión de Vivienda aprobó trabajar, sobre el texto refundido (boletines  16085, 16069, 1607716251 y 16276), el proyecto que establece obligaciones y requisitos para la construcción de edificaciones en suelo colapsable. Además, declara de utilidad pública la protección de la población y de las familias en los casos de viviendas irreparables o inhabitables por efecto de socavones.

La propuesta legal busca una solución integral, en sintonía con las necesidades y requerimientos de los afectados, de las organizaciones vecinales y comunitarias.

En ese marco, la norma define los términos de socavón, hundimiento de suelo y suelo colapsable. En esos términos, los clasifica por socavones por disolución, subsidencia, colapso y acción antrópica.

Junto a ello, establece que la condición de suelo colapsable será determinada por estudios de laboratorio y de mecánicas de suelo que la norma especifique. Se tomará especial atención a los suelos con alta concentración de sales solubles, limosos u otros.

El texto legal indica que las empresas sanitarias deberán presentar anualmente un programa de mantención y reposición de las redes públicas de agua potable y alcantarillado a objeto de prever el colapso del suelo. Este programa se mostrará a las instituciones fiscalizadoras respectivas, a objeto de coordinar las intervenciones en la infraestructura pública.

Adicionalmente, señala que cuando un inmueble experimente daños irreparables que lo hagan inhabitable, producto de un socavón, podrá configurarse como causa de utilidad pública la protección de la población y de las familias.

La instancia contó con la presencia de Jeannette Tapia, asesora legislativa del ministro de Vivienda y Urbanismo. Señaló que están trabajando con el equipo técnico y realizando todos los esfuerzos para entregar las indicaciones al proyecto lo antes posible, ya que conocen la urgencia que requiere esta problemática.

Reconstrucción de viviendas

Además, la instancia legislativa continúo la discusión general del proyecto que modifica la ley 16.282, para eximir de requisitos la reconstrucción de viviendas en zonas afectadas por sismos o catástrofes (boletín 16.642).

El propósito de la iniciativa es establecer un mecanismo que permita que, en las zonas de catástrofe declaradas por la autoridad, se agilice la reconstrucción de viviendas de las personas damnificadas que habitaban dicho territorio.

En sus fundamentos, la norma explica que la reconstrucción requiere de procedimientos ágiles y simplificados. Especifica que se necesitan una asignación oportuna de recursos financieros y técnicos para responder a las necesidades de la población afectada.

En la sesión, el grupo parlamentario recibió la exposición del abogado del Ministerio de Vivienda, Vicente Burgos . Señaló que coinciden con el fondo del proyecto en el sentido de “apurar la recepción y quitar la burocracia en materia de reconstrucción y catástrofe”.

No obstante, indicó que es necesario analizar más en profundidad algunos alcances de la iniciativa. En esa línea, mostró preocupación respecto de no requerir ningún permiso de obra, ni exigir una regularización del título de dominio.